Energía Eólica Marina (Offshore)
NUEVO DISPOSITIVO PARA LA MEDICION DE LA VELOCIDAD DEL VIENTO
Hoy en nuestra sección de “Patentes verdes” os queremos hablar sobre una nueva invención en el campo de la energía eólica de Andriy Lyasota, es un nuevo Dispositivo para la medición de la velocidad y la dirección del viento con vistas a la implantación de aerogeneradores eólicos.
La invención se refiere a un dispositivo de observación meteorológica para el estudio de recursos eólicos, que tiene por objeto medir la velocidad y dirección del viento, la temperatura, la humedad relativa de aire y la presión atmosférica en alturas correspondientes a los niveles típicos de los bujes de los generadores eólicos, es decir, entre 50 y 150 metros de altura y en particular es aplicable en estudios de recursos eólicos previos a la construcción de los parques eólicos terrestres y marítimos, y especialmente en alta mar.
Con objeto de determinar las características del viento en alturas comprendidas entre los 50 y 150 metros sobre el nivel de terreno o del mar se emplean diferentes sistemas basados esencialmente en dos conceptos:
- Instalación de torres para la colocación de instrumentos de medición in situ de variables meteorológicas en alturas predeterminadas
- Utilización de sistemas de medición por teledetección de variables meteorológicas tales como el LIDAR (LightImaging Detection And Ranging) o el SODAR (Sonic Detection And Ranging).
Las torres de medición conllevan un alto coste de construcción e instalación, muy especialmente en el caso de su colocación en el mar por la necesidad de construir una plataforma marina fija o flotante, que tiene un gran impacto medioambiental. Además, para este tipo de obras civiles se requieren las correspondientes autorizaciones administrativas.
La utilización de sistemas tipo LIDAR o SODAR está limitada por su elevado coste unitario y su alta complicación técnica. Además, para su colocación en emplazamientos marinos también hay que construir costosas plataformas fijas por su alta sensibilidad a la correcta nivelación que prácticamente impide su instalación en plataformas flotantes.
Como alternativa, son conocidos dispositivos para la medición de la velocidad y la dirección del viento con vistas a la implantación de aerogeneradores eólicos, que comprende un globo, una plataforma terrestre, un cable de anclaje del globo a la plataforma, un sensor de la velocidad y la dirección del viento.
Sin embargo, este dispositivo presenta el inconveniente de que la altura de los sensores es fuertemente variable y no satisface los requisitos en lo que se refiere a la precisión en la medición de características del viento.
Descripción de la invención
Para ello, la invención propone un dispositivo para la medición de la velocidad y la dirección del viento
con vistas a la implantación de aerogeneradores eólicos, que comprende un globo, una plataforma marítima o terrestre, un cable de anclaje del globo a la plataforma, un sensor de la velocidad y la dirección del viento, que se caracteriza por el hecho de que comprende un sistema de control de la altura del sensor a una altura predeterminada provisto de:
- un altímetro para la determinación de la altura del sensor
- medios para variar la altura del sensor
- y un procesador de control para actuar sobre dichos medios para variar la altura del sensor en función al menos de la altura medida y la altura predeterminada, de modo que es posible reducir la dispersión de la altura en el proceso de medición.
De este modo se pueden reducir las imprecisiones en las medidas de determinación de la velocidad del viento para que satisfagan las mínimas exigencias para que sean válidas.
FUENTE | OEPM
GENERADOR ELECTRICO TRIFASICO DE INDUCCION PARA TURBINA EOLICA
Queremos presentarte una nueva invención en el campo de la energía eólica, se trata de un Generador eléctrico trifásico de inducción para turbina eólica o hidráulica patentado por Óscar Enrique Aguirre Jiménez.
La invención pertenece al campo de los generadores eléctricos, y más concretamente a la generación de energía eléctrica a partir de una turbina eólica, hidráulica o cualquier otro ingenio motriz en el que no sea necesario o posible mantener una velocidad de accionamiento constante.
El objeto principal de la invención es un generador eléctrico trifásico de inducción, que permite la conversión de energía mecánica en energía eléctrica, aprovechando la potencia reactiva de la Red Eléctrica, y evitando el uso de cualquier mecanismo multiplicador de velocidad.
Actualmente, la demanda de energía eléctrica en España crece en un promedio del 62% en periodos de diez años. Asimismo, la producción de energía eléctrica a partir de combustibles fósiles (carbón, petróleo y gas) está limitada y gravada por el Protocolo de Kyoto. Por otro lado, sobre la energía nuclear pesan dos factores de riesgo principales: peligro de accidente con sus correspondientes fugas de materiales radiactivos, y el controvertido almacenamiento de sus residuos radiactivos.
En consecuencia, cada día entran más en liza las fuentes de energía renovable: energía eólica y energía solar. Y de éstas, la de mayor aplicación en el ámbito nacional y de menor inversión inicial es la eólica. En el año 2010, la generación de energía eólica cubrió un 16% de la demanda eléctrica y alcanzó un 20% de la capacidad instalada. Esta cifra tiende a incrementarse a tenor de las limitaciones inherentes en centrales generadoras termoeléctricas y termonucleares. ...seguir leyendo este artículo sobre energía »
MULTIPLICADORA DE AEROGENERADOR CON ATMOSFERA CONTROLADA
Gamesa, empresa de gran peso en el campo de las energías renovables, y especializada en la energía eólica, ha patentado una nueva multiplicadora de aerogenerador con atmósfera controlada.
Un requisito de las turbinas eólicas actuales es contar con una vida útil de veinte años. Se exige por tanto que los sistemas mecánicos tengan una vida prolongada.
En vista de que el número de parques eólicos va en aumento, las ventajas que supone la limitación o eliminación de los cambios de aceite adquieren, ahora y en el futuro, suma importancia.
La degradación del aceite en las turbinas eólicas se debe, principalmente, a dos factores: la oxidación y la contaminación del agua. Factores adicionales como la deformación viscosa de las moléculas de la cadena de aceite, que provoca una reducción de la viscosidad con el paso del tiempo, tienen una influencia mucho menor en las propiedades del aceite y, en el caso de algunos aceites, resultan inapreciables.
El efecto de arco eléctrico debido a descargas electrostáticas o de corriente de fuga puede ser considerable en algunos casos y favorecer la oxidación del aceite y la formación de barniz. La presencia de oxígeno en la atmósfera en contacto con el aceite es también un factor que contribuye en gran medida a que se desencadene este proceso.
La eliminación del oxígeno y la humedad de la atmósfera en contacto con el aceite, y su sustitución por gases inertes, tendrá como resultado la supresión de los fenómenos antes descritos, con lo que la vida del aceite se prolongará considerablemente.
El objeto de esta multiplicadora de aerogenerador de Gamesa, es proporcionar un sistema para conseguir ese objetivo. En última instancia, con el sistema de esta invención, una adecuada formulación de los aceites, sistemas de filtrado apropiados y procedimientos de mantenimiento, es posible disponer de una multiplicadora de turbina eólica, o un sistema hidráulico, “lubricado de por vida”.
Esto representaría una mejora considerable respecto de la tecnología actual en términos de riesgos ecológicos y costes de mantenimiento, especialmente en el caso de las turbinas eólicas instaladas en alta mar, es decir de la energía eólica en el mar. Puede ser también un factor importante ...seguir leyendo este artículo sobre energía »
GAMESA Y SU NUEVA PALA LUMINOSA DE AEROGENERADOR
España ocupa una posición muy importante en la energía eólica, siendo el segundo país líder en la producción de dicha energía, por detrás de Alemania, y sigue innovando. Gamesa ha desarrollado un nuevo aerogenerador con una baliza luminosa en su punta, sin cableado, ya que utiliza la fibra óptica e inmune a los rayos.
En la industria eólica es bien conocida la necesidad de que los aerogeneradores incorporen balizas luminosas para advertir de su presencia al tráfico aéreo. De hecho, existen reglamentaciones administrativas que lo exigen cuando la altura máxima que alcanzan sus palas supera ciertos límites preestablecidos.
En los aerogeneradores de hasta 2-3 MW, con rotores de 80-100 metros de diámetro y alturas totales inferiores a 150 metros, el sistema de balizado empleado habitualmente consiste en la colocación de puntos de luz sobre la góndola del aerogenerador.
Sin embargo en los aerogeneradores de mayor potencia como los nuevos aerogeneradores de 4-5 MW los rotores tienen más de 100 metros de diámetro y la altura total del aerogenerador es superior a 150 metros, lo que aconseja que el sistema de balizado incluya puntos de luz no solo en la góndola del generador sino también en la punta de la pala.
Un sistema de balizado conocido consiste en introducir en la región de punta de la pala un módulo con lámparas o diodos LED Un inconveniente de ese tipo de sistemas es queno es posible asegurar que el cable de alimentación de las lámparas o diodos LED no vaya a ser afectado por las descargas de rayo a pesar de disponer de sistemas de protección para tal efecto. Es más, existe el riesgo de que ese cable de alimentación actúe comovía de entrada del rayo al interior del buje del rotor y otras zonas del aerogenerador.
El nuevo aerogenerador que ha patentado Gamesa, consta de ...seguir leyendo este artículo sobre energía »
ENERGIA EOLICA Y SOLAR TERMOELECTRICA MODIFICADAS EN EL REAL DECRETO 1614/2010
La energía es un factor fundamental para el desarrollo de las sociedades, sin embargo, su uso debe estar regulado correctamente para mantener la estabilidad entre oferentes y demandantes de energía eléctrica.
El real decreto pretende resolver determinadas ineficiencias en la aplicación del anterior Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, para las tecnologías eólica y solar termoeléctrica.
La Asociación Empresarial Eólica (AEE) ha visto cumplido el compromiso por parte del gobierno español el desbloqueo de la situación en la que el sector eólico se encontraba al aceptar un recorte temporal, el pasado mes de julio, y excepcional de la retribución para las instalaciones eólicas activas a cambio de una mayor estabilidad regulatoria.
Con el nuevo Real Decreto se garantiza esa retribución a los parques eólicos a partir del 2013, no viéndose afectados por posibles revisiones futuras de las tarifas.
REAL DECRETO 1614/2010, de 7 de diciembre
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Constituye el objeto de este real decreto la regulación de determinados aspectos de carácter económico para las instalaciones de tecnologías eólica y solar termoeléctrica.
2. El presente real decreto será de aplicación a las instalaciones de los grupos b.1.2 y b.2.1 del artículo 2 del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, así como a aquellas de potencia superior a 50 MW de las mismas tecnologías, cuya retribución estuviera vinculada a la de las anteriores.
ENERGIA DE LAS OLAS Y EOLICA OFFSHORE EN UNA MISMA PLATAFORMA
ACCIONA E IBERDROLA COMPITEN POR EL PARQUE EOLICO MARINO BRITÁNICO